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martes, 9 de junio de 2015

Una mirada a las escandalosas verdades sobre la violencia de género

- Datos del estudio del Observatorio de la Violencia de 

Género del CJPJ 2005 – 2010 -


• Denuncias del 2007 a 2010........................... 470.706
• Sentencias del 2007 a 2010 .............................78.423

• Sentencias por delito del 2007 a 2010 ............40.081
• Sentencias por falta del 2007 a 2010 ..............29.341

• Sentencias conformidad del 2007 a 2010 .......58.880
• Sentencias absolutorias del 2007 a 2010........ 14.359

• Sentencia condenatorias 5.184 (1,10%)

Porcentaje de condenas sobre total (4T 2010)

• Ciudadanos denunciados 25.574 (100,00%)
• Ciudadanos condenados 2.489 ( 9,73%)
• Ciudadanos absueltos 23.085 ( 90,20%)

Condenas ‘trampa’ (conformidad)

• Sentencias sin conformidad 1.525 (61,29%)
• Sentencias con conformidad 963 (38,71%)

“Éxito” actual LVG (4T 2010) según CGPJ
• Hombres condenados con el 100% de las garantías legales .........1.525 ( 5,96 %)

(cada condena ha costado unos € 423.000.-)

Vulneración derechos fundamentales de la LVG 2004
• Presunción de inocencia
• Inviolabilidad del domicilio
• Derecho a asistencia jurídica real
.........................y mas
Ayudas de la UE para violencia de género al Estado Español

• Por denuncia formulada......... 3.200.- euros
• Por condena................................ 0.- euros

(de 3.200 a 6.100 euros por denuncia para gastos de los servicios en la lucha contra la violencia de género en España)

¿Dónde van los 3.200 euros por denuncia?.................

Mas datos que te haran reflexionar en el enlace

El articulo completo en...........http://www.alertadigital.com


-- Este blog esta a favor de la igualdad real, lejos de hacer apología de la VIOLENCIA DE GENERO, condena enérgicamente cualquier tipo de violencia venga de donde venga, Hombre-Mujer, Mujer-Hombre, Adulto-Menor.--

sábado, 3 de enero de 2015

ATENCIÓN LECTORES!!!!!!!!!!!

A ESPERA DE CONOCER EL TEXTO DEFINITIVO DE LA REFORMA DE EL ARTICULO 510 DEL CÓDIGO PENAL, LOS ARTICULO DE ESTE BLOG QUEDARAN BLOQUEADOS A ESPERA DE SER REVISADOS Y REFORMADOS SI ALGUNO PUDIERA DAR LUGAR A EL EQUIVOCO DE QUE ESTUVIESE  DESTINADO A FOMENTAR LA VIOLENCIA SOBRE LA MUJER O LA DISCRIMINACIÓN DE LAS MISMAS.
 GRACIAS Y PERDON POR LAS MOLESTIAS.
     
   EL ADMINISTRADOR.

Este blog esta a favor de la igualdad real y muy lejos de hacer apologia de la VIOLENCIA DE GENERO por todo esto condena enérgicamente todo tipo de violencia englobada en el ámbito familiar, Hombre-Mujer, Mujer-Hombre, Adulto-Menor.



lunes, 29 de diciembre de 2014

Con la sensación de vivir en una falsa democracia os informo:

Incitar a la violencia de género será delito con pena de cárcel


Con la sensación de vivir en una falsa democracia os informo:

Que gracias a la modificación del contenido que reza en el artículo 510 del Código Penal, es posible que me vea en la obligación de exiliar o cerrar este blog.

Quiero dejar claro que en ningún momento este blog está destinado a enardecer o fomentar la violencia de género, todo lo contrario, con el uso de mi derecho a la libertad de expresión intento dar a conocer una situación que el feminismo radical intenta silenciar, ese que si fomenta el odio al Hombre, la situacion de que presuntamente algunas mujeres se aprovechan del sufrimiento de otras.
Creo en la verdadera igualdad y condenó enérgicamente la violencia, no solo la de género, condeno cualquier violencia entre las personas, tengan el sexo que tengan.

Reivindicar la existencia de presuntas denuncias falsas, no puede implicar por sistema estar a favor de la violencia sobre la mujer, pues la erradicación de esas prácticas  (presuntas denuncias Falsas) daría lugar a una optimización de medios y recursos destinados a la protección de mujeres que están en un verdadero riesgo de sufrir violencia de sus parejas o exparejas.


Este blog esta a favor de la igualdad real y muy lejos de hacer apologia de la VIOLENCIA DE GENERO por todo esto condena enérgicamente todo tipo de violencia englobada en el ámbito familiar, Hombre-Mujer, Mujer-Hombre, Adulto-Menor.


ENLACE DE LA NOTICIA:

jueves, 20 de noviembre de 2014

domingo, 1 de junio de 2014

PREDICCION RIESGO VIOLENCIA DE GENERO


Destacar el 82,6% de casos inactivos, de los cuales quiero interpretar no merecen ni estudio de riesgo?
Entonces si usamos la simple logica son casos de violencia sobre la mujer? violencia pero sin riesgo? detenemos a hombres por........por que?sin riego de que protegemos con esta ley y de a quien?
ESTO ES UN SIN SENTIDO!!!!

lunes, 26 de mayo de 2014

Reflejo de la sociedad y no es para estar orgulloso

Imagina que vas paseando tranquilamente por la calle y una pareja discute agriamente ante los ojos atónitos y escandalizado de los transeúntes. Cuando él pasa salvajemente a las manos, las personas que pasan cerca de la pareja llaman la atención al varón, le riñen, y hay incluso quien le advierte y le amenaza: llamarán a la policía. Todo el mundo parece escandalizado. Ahora intentemos rebobinar las imágenes. La misma escena se salda con la mujer agarrando del cuello y zarandeando a su pareja. Él la implora que le deje tranquilo, que no le pegue. Las miradas ahora siguen siendo de curiosidad, pero ya no están encandalizadas, ya no le riñen a ella. No le advierten. Son miradas divertidas. Hay sonrisas. ¿Qué diferencia hay? "Violencia es violencia", dice la organización que ha creado este anuncio para una campaña de sensibilización pública.

domingo, 25 de mayo de 2014

UNOS DATOS PARA MATAR EL TIEMPO YA QUE SE TERMINO EL FÚTBOL.........



Según publica el tribunal de cuentas en el BOE del dia 12/05/2014, en referencia al INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA DELEGACIÓN DEL GOBIERNO PARA LA VIOLENCIA DE GÉNERO determina entre otras cosas que:
El artículo 63 de la mencionada Ley Orgánica, en relación con la evaluación sobre la situación de la igualdad efectiva en el empleo público, dispone que «Todos los Departamentos Ministeriales y Organismos Públicos remitirán, al menos anualmente, a los Ministerios de Trabajo y Asuntos Sociales y de Administraciones Públicas, información relativa a la aplicación efectiva en cada uno de ellos del principio de igualdad entre mujeres y hombres, con especificación, mediante desagregación por sexo de los datos, de la distribución de su plantilla, grupo de titulación, nivel de complemento de destino y retribuciones  promediadas de su personal».

A fecha 1 de enero de 2008 este articulo(el articulo63 de la ley organica) se tradujo en:

De 19 funcionarios que prestaban sus servicios en la DGVG, la distribución por sexos era
         
 El 94,74% eran mujeres                                                                                                             
 Mientras que tan  solo el 5,26% del personal funcionario eran hombres 
   
 Por su parte,  de los 29 funcionarios que prestaban sus servicios en dicha Delegación a fecha 10 de noviembre de 2009                                                                                                                      
  El 79,31% eran mujeres                                                                                                                      
Mientras que tan solo el 20,69% eran  hombres  
                           

SI LA LEY DE VIOLENCIA DE GENERO, EN EL APARTADO DE CONTRATACIÓN DE PERSONAL, YA EL HOMBRE ERA DISCRIMINADO, QUE NO PASARA EN LA APLICACION DE LA  PROPIA LEY.

http://boe.es/boe/dias/2014/05/12/pdfs/BOE-A-2014-5007.pdf

lunes, 3 de marzo de 2014



 Una recopilación de noticias de denuncias falsas de mujeres a su pareja masculina para obtener beneficios económicos publicadas en la prensa española. Incluimos declaraciones y artículos de opinión de jueces, policías y asociaciones sobre la criminalización del varón heterosexual español.

Pincha aqui para ver noticia completa


COMENTA,PREGUNTA,DEBATE..........PERO SIEMPRE CON EL RESPETO

miércoles, 19 de febrero de 2014

Violencia sobre la Mujer por Provincias - Tercer Trimestre 2013-Estadistica OFICIAL del Consejo General del Poder Judicial

COMENTA,PREGUNTA,DEBATE..........PERO SIEMPRE CON EL RESPETO

ABSOLUTORI Inocentes
 CONDENATORIA Culpables
 SOBRESEIM. LIBRE Primero, cuando el hecho investigado no está considerado delito. Segundo, cuando no existen indicios racionales de que se haya producido el hecho que dio motivo a la formación de la causa. Y tercero, cuando los procesados como autores, cómplices o encubridores están exentos de responsabilidad penal.
 SOBRESEIM. PROVISIONAL El sobreseimiento provisional equivale a un archivo temporal de la causa. Esto quiere decir que aunque esta se cierre es susceptible de volver a ser abierta si aparecieran nuevos indicios relevantes que la pudieran desbloquear.
 ELEVACION AL ORGANO
 OTRAS
 De estos datos podemos comprobar que en Huesca del 100% de las denuncias por violencia de genero solo un 34,4% son condenados como culpables,el otro 65,6% se reparten entre absoluciones,sobreseimientos,etc
PREGUNTA!!!!!
Si despues de una denuncia y un proceso judicial no hay condena,podriamos pensar que la acusacion puede ser falsa??????????

Este blog esta a favor de la igualdad real y muy lejos de hacer apologia de la VIOLENCIA DE GENERO por todo esto condena enérgicamente todo tipo de violencia englobada en el ámbito familiar, Hombre-Mujer, Mujer-Hombre, Adulto-Menor.